Reglas Generales
Las Reglas Generales tienen por objeto establecer las medidas y procedimientos mínimos que deberan considerar
aquellos que realicen actividades vulnerables conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de
Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, asi como también los términos y modalidades conforme a los cuales dichas personas
deben presentar a la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHCP, por conducto del SAT, los avisos correspondientes.
La realización de los avisos de las obligaciones correspondientes de los que realizan o están asociados
con actividades vulnerables, deberá realizarse a través de los medios electrónicos y en el formato oficial
que establezca la Secretaría de Administración Tributaria.
- Datos generales de quien realice la Actividad Vulnerable
- Datos generales del cliente, usuarios o del Beneficiario Controlador, y la información sobre su actividad u ocupación.
- Descripción general de la Actividad Vulnerable sobre la cual se dé Aviso.